¿Qué es el Kit Digital?
¿No sabes nada acerca del Kit Digital, ni como solicitarlo?, no te preocupes, aquí te contamos todo acerca de el y los pasos que has de dar para solicitarlo. También podemos solicitarlo por ti, si quieres que te lo solicitemos pincha aquí, sino sigue leyendo.
El Kit Digital es un programa del Gobierno de España, cuyo objetivo es el de ayudar a las pymes y autónomos en la digitalización de sus negocios y/o empresas, aumentado así su madurez digital y competitividad en los mercados nacionales e internacionales. La idea del Gobierno es seguir dando ayudas entre 2022 y 2023, (aunque estas ayudas empezaron en 2021) hasta alcanzar los 3.000 millones de euros destinados para ello.
Si eres una pyme o un autónomo, necesitas mejorar la digitalización y las habilidades digitales de tus empleados. Esta es una gran oportunidad para la aceleración e innovación de tu empresa o negocio.
¿Por qué debería digitalizar mi negocio o empresa?
En 2020, el 78% de las pymes no tenían página web, lo cual supuso una enorme desventaja frente a aquellas empresas que si tenían presencia en internet. Estas pudieron no solo adaptarse mejor a la pandemia, si no que además muchas de ellas batieron récords históricos en ventas.
Durante la pandemia muchas pymes y autónomos se dieron cuenta de la importancia de la digitalización y automatización de procesos en sus negocios. Por esta razón el Gobierno ha lanzado el programa Kit Digital, con el cual se pretende dar solución no solo mediante la digitalización sino también para la ciberseguridad de las mismas.
¿Quién puede solicitar el Kit Digital?
Pueden solicitarlo aquellas empresas que estén dentro de las siguientes categorías, las cuales se dividen en segmentos según el número de empleados en:
- Segmento I
- Pequeñas empresas de entre 10 y 49 empleados.
- Segmento II
- Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y 9 empleados.
- Segmento III
- Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y 2 empleados.
¿Cuándo podrán beneficiarse las empresas del Bono Digital?
Las pymes y autónomos de entre 10 y 49 empleados ya pueden solicitar su bono del Kit Digital desde el 15 de marzo de 2022 a las 11 horas y hasta el 15 de septiembre de 2022.
Para ejercer el derecho de cobro de la subvención del Kit Digital, la empresa beneficiaria tendrá que seleccionar y contratar la solución digitalizadora que más se adapte a sus necesidades.
Después, tendrán que formalizar un Acuerdo de Prestación.
El plazo máximo para formalizar el Acuerdo de Prestación será de 6 meses desde que se notifique la resolución de concesión de la ayuda.
La empresa podrá formalizar acuerdos de prestación hasta agotar el importe total de la subvención concedida.
¿Cuándo podrán las empresas del Segmento II y III solicitar las ayudas?
Se prevé que las empresas del Segmento II (pequeñas empresas de entre 3 y 9 empleados) puedan comenzar a solicitar el Kit Digital entre junio y julio de 2022. Mientras que la fecha prevista para las empresas del Segmento III (pequeñas empresas de entre 0 y 2 empleados) será entre septiembre y octubre de 2022.
¿No tienes muy claro a qué Segmento pertenece tu empresa o negocio?
Si quieres calcular el número de trabajadores deberás acceder a la web de la Seguridad Social y entrar dentro de la sección Sistema RED.
Ahí podrás visualizar ‘Informe plantilla media de trabajadores en alta’ y obtendrás todos los datos sobre la plantilla media de tus trabajadores en un determinado período.
Para el cálculo del número de trabajadores debes de tener en cuenta los días y las horas cotizadas durante todo el año 2021.
¡IMPORTANTE! Un trabajador a media jornada cuenta como medio trabajador.
Es fundamental que calcules de forma correcta el número de trabajadores de tu empresa para saber en qué Segmento te encuentras y optar al Bono Digital.
¿Qué requisitos tienen que cumplir las empresas del Segmento I para beneficiarse del Kit Digital?
Las empresas del Segmento I tienen que cumplir los siguientes requisitos:
- Ser pequeñas empresas o trabajadores autónomos con domicilio fiscal ubicado en territorio español.
- Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa.
- Estar inscrita en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.
- Si se ha realizado un cambio del Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Administración Tributaria Foral y viceversa, se tendrá en consideración el período que haya permanecido inscrito en ambos.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- La compañía no puede estar incursa en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas de minimis.
- Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
No podrán ser beneficiarias del Kit Digital:
- Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación de soluciones de digitalización.
- Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
- Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica
¿Cómo solicitar el Kit Digital?
Las pymes y autónomos deberán solicitar su Bono del Kit Digital a través de un solicitante, representante legal o representante voluntario autorizado, es decir, únicamente a través del formulario automatizado que encontrarán en la Sede Electrónica de Red.es.
Recordar que como paso previo a la solicitud de las ayudas para mejorar la transformación digital, se realizará un test de autodiagnóstico al que podrán acceder todas las pymes para conocer cómo es el estado de digitalización de la misma y descubrir en qué aspectos debe mejorar.
Este test se realizará en la plataforma Acelera pyme.
En esta convocatoria el importe máximo de las ayudas por beneficiario será de 12.000 €.
Si deseas solicitar tu Kit Digital. En HodeiCloud te ayudamos con los trámites.
¿Cómo accedo al formulario?
Puedes acceder a este formulario desde el portal Acelera Pyme e incluirá:
- NIF del solicitante.
- Nombre de la persona física o razón social de la persona jurídica.
- Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
- Teléfono y datos de contacto.
- En su caso, autorización del representante voluntario.
Los representantes voluntarios deberán aportar junto a la solicitud una autorización de representación voluntaria. Podrán descargarla en la Sede Electrónica de Red.es.
Cada representante voluntario podrá presentar un máximo de 500 solicitudes al día.
Si hubiese algún error en la solicitud, el Órgano Instructor requerirá la subsanación del mismo mediante notificación electrónica y las pymes y autónomos tendrán un plazo de 10 días hábiles para solventarlo.
¿A qué tipo de soluciones pueden destinarse las ayudas del Kit Digital?
El Kit Digital puede destinarse para adoptar soluciones de digitalización que te permitan sustituir las soluciones ya adoptadas pero siempre que supongan una mejora funcional.
Por tanto, las soluciones deberán cumplir los siguientes requisitos:
Debe ser una solución totalmente nueva. Por lo que la solución que se sustituye no puede conllevar el progreso o enriquecimiento de servicios y funcionalidades de la solución existente.
¿Cuál es el importe de la ayuda del Kit Digital para pymes y autónomos de entre 10 y 49 empleados?
Los importes máximos de la ayuda del Kit Digital dependen de la Categoría de Soluciones de Digitalización, así como de la duración de la prestación del servicio serán los siguientes:
Categoría de soluciones digitales | Meses de prestación del servicio | Importe para pymes y autónomos (Segmento I) |
Sitio Web y Presencia en Internet | 12 | 2.000 € |
Comercio electrónico | 12 | 2.000 € |
Gestión de redes sociales | 12 | 2.5000 € |
Gestión de clientes | 12 | 4.000 € (incluye 3 usuarios) |
Business Intelligence y Analítica | 12 | 4.000 € (incluye 3 usuarios) |
Gestión de procesos | 12 | 6.000 € (incluye 10 usuarios) |
Factura electrónica | 12 | 1.000 € (incluye 3 usuarios) |
Servicios y herramientas de oficina virtual | 12 | 250 € por usuario (hasta 48 usuarios) |
Comunicaciones seguras | 12 | 125 € por usuario (hasta 48 usuarios) |
Ciberseguridad | 12 | 125 € por dispositivo (hasta 48 dispositivos) |
El importe de la ayuda aplicable a cada solución de digitalización será el menor de los siguientes:
- Ayuda máxima de la Categoría de Solución de Digitalización a la que corresponde la solución de digitalización.
- Coste de la solución de digitalización contratada.
- El importe de la subvención concedida no asociado a Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización formalizados.
Siempre que no se pasen los límites de cuantías máximas, serán subvencionables los gastos que tengas para adoptar las soluciones de digitalización disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización.
¿Cómo se concede el Bono Digital?
El kit Digital se concede de forma directa y siguiendo el criterio de presentación de solicitudes.
Las resoluciones se notificarán a través de la Sede Electrónica de Red.es y también se informará de manera individual.
¿Cuándo pueden las pymes y autónomos cobrar el Bono Digital?
El Kit Digital se cobrará una vez que se justifique la solución digitalizadora implantada.
Para ello, la pyme o el autónomo debe contratar una de las soluciones digitales que encontraras en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.
Una vez que decide qué solución desea contratar, deberá formalizar la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización disponible en la Sede Electrónica de Red.es.
El plazo máximo para la formalización de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización será de 6 meses, desde la notificación de la Resolución de concesión de la ayuda.
En los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización correspondientes a sustituciones de soluciones ya adoptadas por el beneficiario, se detallarán las mejoras funcionales de la solución con respecto a la adoptada previamente.
Después, el agente digitalizador tendrá que justificar, en nombre del beneficiario, aportando justificantes de gasto que especifiquen en qué se ha empleado el Bono Digital.
¿Cómo realizo esta justificación?
Esta justificación se realizará a través de un formulario electrónico que estará disponible en la Sede Electrónica de Red.es (accesible desde la Plataforma Acelera Pyme).
El plazo máximo de presentación de la justificación será de 3 meses desde que finaliza la prestación de los servicios.
El pago de las ayudas se realizará en 2 fases:
- En la primera fase los pagos tendrán la consideración de pagos a cuenta. Para percibir este pago, el beneficiario tendrá que estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Si el beneficiario no cumple con los requisitos, deberá asumir la obligación de pago al Agente Digitalizador Adherido con los costes incurridos.
¿Qué requisitos deben cumplir los agentes digitalizadores para prestar sus servicios a las pymes y a los autónomos?
El plazo para que los agentes digitalizadores presenten sus soluciones tecnológicas e innovadoras ya está abierto.
Desde el 10 de marzo está activo el Catálogo de Agentes Digitalizadores, con los primeros agentes que participarán en el programa. Puedes consultar la información en la Plataforma Acelera Pyme.
Los agentes digitalizadores serán los encargados de ofrecer las herramientas necesarias para las pymes y autónomos con el fin de conseguir una evolución y una completa digitalización de sus procesos de trabajo.
Los requisitos que tienen que cumplir los agentes digitalizadores para ofrecer sus servicios son:
- Estar al corriente de pago de seguridad social y agencia tributaria.
- Facturar más de 100.000 € al año. Para el caso de las personas en situación de autoempleo sin trabajadores a su cargo, la facturación acumulada deberá ser de, al menos, 70.000 euros en los dos 2 anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión.
- No estar en una situación de crisis.
- Tener al menos 2 años de antigüedad.
¿Cuáles son las categorías incluidas en el catálogo de servicios para impulsar la transformación digital?
El catálogo de soluciones de digitalización del programa es accesible desde la plataforma Acelera pyme.
Todas las categorías de soluciones de digitalización exigirán a las soluciones de digitalización la prestación de un servicio de soporte ante incidencias con un plazo de resolución de menos de 24 horas, que podrá realizarse de forma remota.
¿Qué pasa si tus empleados o tu no tenéis formación en estas tecnologías y/o soluciones?
Además, los agentes digitalizadores tendrán que impartir la formación necesaria que permita a los beneficiarios adquirir conocimientos básicos para su uso inicial.
- Presencia en Internet y sitio web. En esta categoría se incluyen las soluciones que enseñan cómo crear una página web, dar visibilidad a los productos que ofreces en Internet y alcanzar a mayor número de usuarios.
- Comercio electrónico. El fin es crear una tienda online de compraventa de productos y/o servicios.
- Gestión de redes sociales para promocionarte en Instagram, Facebook, LinkedIn, etc.
- Gestión de clientes y/o proveedores. El objetivo es mejorar la gestión de las relaciones comerciales con los clientes.
- Business Intelligence y analítica para mejorar la toma de decisiones de la pyme.
- Servicios y herramientas de oficina virtual medidas interactivas para la comunicación y colaboración entre los empleados.
- Gestión de procesos para automatizar aspectos relacionados con la pyme.
- Factura electrónica emisión de facturas utilizando programas con opciones avanzadas que permitan aumentar la productividad.
- Comunicaciones seguras. Esta categoría tiene como fin afianzar la seguridad en los dispositivos de la pyme.
- Ciberseguridad para garantizar un uso seguro y fiable de los dispositivos electrónicos, evitar hackeos y robo de información confidencial.
Como Agentes Digitalizadores podemos tramitarte la ayuda e implantar las soluciones que escojas para tu empresa. Entra aquí y solicita información sin compromiso.
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